Oficina de documentación administrativa
Tec. Admón.: Hernández Matías Geovana
Domicilio: calle isla de la giganta #365 C.P: 22010
Ensenada Baja California México a 01/04/2011.
CONVENIO DE CONFIABILIDAD
Empleado: 1
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN: disposición contractual para evitar la divulgación por parte de los empleados de información confidencial de la empresa.
El EMPLEADO acepta que mantendrá una reserva absoluta respecto de todas y cada una de las informaciones a las que tendrá acceso con motivo de su relación con el EMPLEADOR durante el periodo de tiempo que trabaje para esta empresa; del mismo modo que mantendrá en secreto e inviolable toda la información relacionada con la política o pormenores del negocio o con asuntos, formulas o equipos (entre otros) confidenciales de los que se sirve el EMPLEADOR para la fabricación de los productos y que no aceptará contrato como empleado, directivo, comercial o cualquier otro puesto, de forma directa o indirecta, en ningún momento en ninguna empresa de características similares del mismo modo que no compartirá los conocimientos adquiridos con ninguna persona y acepta que si abandonara su actual empleo está de acuerdo con no aceptar ser contratado como empleado o suministrador de servicios de una empresa de la competencia o proporcionar de modo alguno ayuda a cualquier negocio, interés o individuo de ninguna compañía rival o cualquier otro negocio que trabaje en el mismo ámbito. El EMPLEADO entiende que en este sentido asume una obligación laboral específica y que, en caso de incumplirla, dicho incumplimiento podrá ser motivo de despido por justa causa y el empleador estará legitimado para que un tribunal competente dictamine un mandato judicial que prohíba a dicho/a empleado/a y a todas las personas involucradas continuar con en su puesto, los servicios o cualquier otro acto que sirva de ayuda a la compañía rival o los intereses de ésta. Una vez que el contrato se dé por finalizado el EMPLEADO podrá trabajar en cualquier empleo siempre y cuando no tengan ninguna relación directa o indirecta con la política, formulas y secretos del EMPLEADOR.
RUIZ AGUILAR KARLA 29/03/2011
Firma de Empleado Fecha
HERNANDEZ MARTINEZ RUBEN 29/03/2011
Firma de Empleador Fecha
Oficina de documentación administrativa
Tec. Admón.: Hernández Matías Geovana
Domicilio: calle isla de la giganta #365 C.P: 22010
Ensenada Baja California México a 01/04/2011.
CONVENIO DE CONFIABILIDAD
Empleado: 2
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN: disposición contractual para evitar la divulgación por parte de los empleados de información confidencial de la empresa.
El EMPLEADO acepta que mantendrá una reserva absoluta respecto de todas y cada una de las informaciones a las que tendrá acceso con motivo de su relación con el EMPLEADOR durante el periodo de tiempo que trabaje para esta empresa; del mismo modo que mantendrá en secreto e inviolable toda la información relacionada con la política o pormenores del negocio o con asuntos, formulas o equipos (entre otros) confidenciales de los que se sirve el EMPLEADOR para la fabricación de los productos y que no aceptará contrato como empleado, directivo, comercial o cualquier otro puesto, de forma directa o indirecta, en ningún momento en ninguna empresa de características similares del mismo modo que no compartirá los conocimientos adquiridos con ninguna persona y acepta que si abandonara su actual empleo está de acuerdo con no aceptar ser contratado como empleado o suministrador de servicios de una empresa de la competencia o proporcionar de modo alguno ayuda a cualquier negocio, interés o individuo de ninguna compañía rival o cualquier otro negocio que trabaje en el mismo ámbito. El EMPLEADO entiende que en este sentido asume una obligación laboral específica y que, en caso de incumplirla, dicho incumplimiento podrá ser motivo de despido por justa causa y el empleador estará legitimado para que un tribunal competente dictamine un mandato judicial que prohíba a dicho/a empleado/a y a todas las personas involucradas continuar con en su puesto, los servicios o cualquier otro acto que sirva de ayuda a la compañía rival o los intereses de ésta. Una vez que el contrato se dé por finalizado el EMPLEADO podrá trabajar en cualquier empleo siempre y cuando no tengan ninguna relación directa o indirecta con la política, formulas y secretos del EMPLEADOR.
CASTRO LUNA JOSE 29/03/2011
Firma de Empleado Fecha
LOPEZ CASTILLO CARLOS 29/03/2011
Firma de Empleador Fecha
Oficina de documentación administrativa
Tec. Admón.: Hernández Matías Geovana
Domicilio: calle isla de la giganta #365 C.P: 22010
Ensenada Baja California México a 01/04/2011.
CONVENIO DE CONFIABILIDAD
Empleado: 3
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN: disposición contractual para evitar la divulgación por parte de los empleados de información confidencial de la empresa.
El EMPLEADO acepta que mantendrá una reserva absoluta respecto de todas y cada una de las informaciones a las que tendrá acceso con motivo de su relación con el EMPLEADOR durante el periodo de tiempo que trabaje para esta empresa; del mismo modo que mantendrá en secreto e inviolable toda la información relacionada con la política o pormenores del negocio o con asuntos, formulas o equipos (entre otros) confidenciales de los que se sirve el EMPLEADOR para la fabricación de los productos y que no aceptará contrato como empleado, directivo, comercial o cualquier otro puesto, de forma directa o indirecta, en ningún momento en ninguna empresa de características similares del mismo modo que no compartirá los conocimientos adquiridos con ninguna persona y acepta que si abandonara su actual empleo está de acuerdo con no aceptar ser contratado como empleado o suministrador de servicios de una empresa de la competencia o proporcionar de modo alguno ayuda a cualquier negocio, interés o individuo de ninguna compañía rival o cualquier otro negocio que trabaje en el mismo ámbito. El EMPLEADO entiende que en este sentido asume una obligación laboral específica y que, en caso de incumplirla, dicho incumplimiento podrá ser motivo de despido por justa causa y el empleador estará legitimado para que un tribunal competente dictamine un mandato judicial que prohíba a dicho/a empleado/a y a todas las personas involucradas continuar con en su puesto, los servicios o cualquier otro acto que sirva de ayuda a la compañía rival o los intereses de ésta. Una vez que el contrato se dé por finalizado el EMPLEADO podrá trabajar en cualquier empleo siempre y cuando no tengan ninguna relación directa o indirecta con la política, formulas y secretos del EMPLEADOR.
RAMIREZ MELENDEZ CLAUDIA 29/03/2011
Firma de Empleado Fecha
ROBLEZ CASTILLO JOAQUIN 29/03/2011
Firma de Empleador Fecha
Oficina de documentación administrativa
Tec. Admón.: Hernández Matías Geovana
Domicilio: calle isla de la giganta #365 C.P: 22010
Ensenada Baja California México a 01/04/2011
CONVENIO DE CONFIABILIDAD
Empleado: 4
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN: disposición contractual para evitar la divulgación por parte de los empleados de información confidencial de la empresa.
El EMPLEADO acepta que mantendrá una reserva absoluta respecto de todas y cada una de las informaciones a las que tendrá acceso con motivo de su relación con el EMPLEADOR durante el periodo de tiempo que trabaje para esta empresa; del mismo modo que mantendrá en secreto e inviolable toda la información relacionada con la política o pormenores del negocio o con asuntos, formulas o equipos (entre otros) confidenciales de los que se sirve el EMPLEADOR para la fabricación de los productos y que no aceptará contrato como empleado, directivo, comercial o cualquier otro puesto, de forma directa o indirecta, en ningún momento en ninguna empresa de características similares del mismo modo que no compartirá los conocimientos adquiridos con ninguna persona y acepta que si abandonara su actual empleo está de acuerdo con no aceptar ser contratado como empleado o suministrador de servicios de una empresa de la competencia o proporcionar de modo alguno ayuda a cualquier negocio, interés o individuo de ninguna compañía rival o cualquier otro negocio que trabaje en el mismo ámbito. El EMPLEADO entiende que en este sentido asume una obligación laboral específica y que, en caso de incumplirla, dicho incumplimiento podrá ser motivo de despido por justa causa y el empleador estará legitimado para que un tribunal competente dictamine un mandato judicial que prohíba a dicho/a empleado/a y a todas las personas involucradas continuar con en su puesto, los servicios o cualquier otro acto que sirva de ayuda a la compañía rival o los intereses de ésta. Una vez que el contrato se dé por finalizado el EMPLEADO podrá trabajar en cualquier empleo siempre y cuando no tengan ninguna relación directa o indirecta con la política, formulas y secretos del EMPLEADOR.
MOZQUEDA CERON KAREN 29/03/2011
Firma de Empleado Fecha
CERVANTES HERRERA CLAUDIA 29/03/2011
Firma de Empleador Fecha
Oficina de documentación administrativa
Tec. Admón.: Hernández Matías Geovana
Domicilio: calle isla de la giganta #365 C.P: 22010
Ensenada Baja California México a 01/04/2011
CONVENIO DE CONFIABILIDADEmpleado: 5
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN: disposición contractual para evitar la divulgación por parte de los empleados de información confidencial de la empresa.
El EMPLEADO acepta que mantendrá una reserva absoluta respecto de todas y cada una de las informaciones a las que tendrá acceso con motivo de su relación con el EMPLEADOR durante el periodo de tiempo que trabaje para esta empresa; del mismo modo que mantendrá en secreto e inviolable toda la información relacionada con la política o pormenores del negocio o con asuntos, formulas o equipos (entre otros) confidenciales de los que se sirve el EMPLEADOR para la fabricación de los productos y que no aceptará contrato como empleado, directivo, comercial o cualquier otro puesto, de forma directa o indirecta, en ningún momento en ninguna empresa de características similares del mismo modo que no compartirá los conocimientos adquiridos con ninguna persona y acepta que si abandonara su actual empleo está de acuerdo con no aceptar ser contratado como empleado o suministrador de servicios de una empresa de la competencia o proporcionar de modo alguno ayuda a cualquier negocio, interés o individuo de ninguna compañía rival o cualquier otro negocio que trabaje en el mismo ámbito. El EMPLEADO entiende que en este sentido asume una obligación laboral específica y que, en caso de incumplirla, dicho incumplimiento podrá ser motivo de despido por justa causa y el empleador estará legitimado para que un tribunal competente dictamine un mandato judicial que prohíba a dicho/a empleado/a y a todas las personas involucradas continuar con en su puesto, los servicios o cualquier otro acto que sirva de ayuda a la compañía rival o los intereses de ésta. Una vez que el contrato se dé por finalizado el EMPLEADO podrá trabajar en cualquier empleo siempre y cuando no tengan ninguna relación directa o indirecta con la política, formulas y secretos del EMPLEADOR.
Rogelio Martínez 29/03/2011
Firma de Empleado Fecha
Brian Contreras 29/03/2011
Firma de Empleador Fecha
Oficina de documentación administrativa
Tec. Admón.: Hernández Matías Geovana
Domicilio: calle isla de la giganta #365 C.P: 22010
Ensenada Baja California México a 01/04/2011.
CONVENIO DE CONFIABILIDAD
Empleado: 6
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN: disposición contractual para evitar la divulgación por parte de los empleados de información confidencial de la empresa.
El EMPLEADO acepta que mantendrá una reserva absoluta respecto de todas y cada una de las informaciones a las que tendrá acceso con motivo de su relación con el EMPLEADOR durante el periodo de tiempo que trabaje para esta empresa; del mismo modo que mantendrá en secreto e inviolable toda la información relacionada con la política o pormenores del negocio o con asuntos, formulas o equipos (entre otros) confidenciales de los que se sirve el EMPLEADOR para la fabricación de los productos y que no aceptará contrato como empleado, directivo, comercial o cualquier otro puesto, de forma directa o indirecta, en ningún momento en ninguna empresa de características similares del mismo modo que no compartirá los conocimientos adquiridos con ninguna persona y acepta que si abandonara su actual empleo está de acuerdo con no aceptar ser contratado como empleado o suministrador de servicios de una empresa de la competencia o proporcionar de modo alguno ayuda a cualquier negocio, interés o individuo de ninguna compañía rival o cualquier otro negocio que trabaje en el mismo ámbito. El EMPLEADO entiende que en este sentido asume una obligación laboral específica y que, en caso de incumplirla, dicho incumplimiento podrá ser motivo de despido por justa causa y el empleador estará legitimado para que un tribunal competente dictamine un mandato judicial que prohíba a dicho/a empleado/a y a todas las personas involucradas continuar con en su puesto, los servicios o cualquier otro acto que sirva de ayuda a la compañía rival o los intereses de ésta. Una vez que el contrato se dé por finalizado el EMPLEADO podrá trabajar en cualquier empleo siempre y cuando no tengan ninguna relación directa o indirecta con la política, formulas y secretos del EMPLEADOR.
MOLINA LOPEZ MARISOL 29/03/2011
Firma de Empleado Fecha
VILLAVICENCIO HERNANDEZ ALONSO 29/03/2011
Firma de Empleador Fecha
Oficina de documentación administrativa
Tec. Admón.: Hernández Matías Geovana
Domicilio: calle isla de la giganta #365 C.P: 22010
Ensenada Baja California México a 01/04/2011
CONVENIO DE CONFIABILIDAD
Empleado: 7
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN: disposición contractual para evitar la divulgación por parte de los empleados de información confidencial de la empresa.
El EMPLEADO acepta que mantendrá una reserva absoluta respecto de todas y cada una de las informaciones a las que tendrá acceso con motivo de su relación con el EMPLEADOR durante el periodo de tiempo que trabaje para esta empresa; del mismo modo que mantendrá en secreto e inviolable toda la información relacionada con la política o pormenores del negocio o con asuntos, formulas o equipos (entre otros) confidenciales de los que se sirve el EMPLEADOR para la fabricación de los productos y que no aceptará contrato como empleado, directivo, comercial o cualquier otro puesto, de forma directa o indirecta, en ningún momento en ninguna empresa de características similares del mismo modo que no compartirá los conocimientos adquiridos con ninguna persona y acepta que si abandonara su actual empleo está de acuerdo con no aceptar ser contratado como empleado o suministrador de servicios de una empresa de la competencia o proporcionar de modo alguno ayuda a cualquier negocio, interés o individuo de ninguna compañía rival o cualquier otro negocio que trabaje en el mismo ámbito. El EMPLEADO entiende que en este sentido asume una obligación laboral específica y que, en caso de incumplirla, dicho incumplimiento podrá ser motivo de despido por justa causa y el empleador estará legitimado para que un tribunal competente dictamine un mandato judicial que prohíba a dicho/a empleado/a y a todas las personas involucradas continuar con en su puesto, los servicios o cualquier otro acto que sirva de ayuda a la compañía rival o los intereses de ésta. Una vez que el contrato se dé por finalizado el EMPLEADO podrá trabajar en cualquier empleo siempre y cuando no tengan ninguna relación directa o indirecta con la política, formulas y secretos del EMPLEADOR.
SANCHEZ SALAZAR JORGE 29/03/2011
Firma de Empleado Fecha
RIVERA MARTINEZ DANIEL 29/03/2011
Firma de Empleador Fecha
Oficina de documentación administrativa
Tec. Admón.: Hernández Matías Geovana
Domicilio: calle isla de la giganta #365 C.P: 22010
Ensenada Baja California México a 01/04/2011.
CONVENIO DE CONFIABILIDAD
Empleado: 8
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN: disposición contractual para evitar la divulgación por parte de los empleados de información confidencial de la empresa.
El EMPLEADO acepta que mantendrá una reserva absoluta respecto de todas y cada una de las informaciones a las que tendrá acceso con motivo de su relación con el EMPLEADOR durante el periodo de tiempo que trabaje para esta empresa; del mismo modo que mantendrá en secreto e inviolable toda la información relacionada con la política o pormenores del negocio o con asuntos, formulas o equipos (entre otros) confidenciales de los que se sirve el EMPLEADOR para la fabricación de los productos y que no aceptará contrato como empleado, directivo, comercial o cualquier otro puesto, de forma directa o indirecta, en ningún momento en ninguna empresa de características similares del mismo modo que no compartirá los conocimientos adquiridos con ninguna persona y acepta que si abandonara su actual empleo está de acuerdo con no aceptar ser contratado como empleado o suministrador de servicios de una empresa de la competencia o proporcionar de modo alguno ayuda a cualquier negocio, interés o individuo de ninguna compañía rival o cualquier otro negocio que trabaje en el mismo ámbito. El EMPLEADO entiende que en este sentido asume una obligación laboral específica y que, en caso de incumplirla, dicho incumplimiento podrá ser motivo de despido por justa causa y el empleador estará legitimado para que un tribunal competente dictamine un mandato judicial que prohíba a dicho/a empleado/a y a todas las personas involucradas continuar con en su puesto, los servicios o cualquier otro acto que sirva de ayuda a la compañía rival o los intereses de ésta. Una vez que el contrato se dé por finalizado el EMPLEADO podrá trabajar en cualquier empleo siempre y cuando no tengan ninguna relación directa o indirecta con la política, formulas y secretos del EMPLEADOR.
SOTO GARCIA ALFONSO 29/03/2011
Firma de Empleado Fecha
MONTOYA ZAMORA RAFAEL 29/032011
Firma de Empleador Fecha
Oficina de documentación administrativa
Tec. Admón.: Hernández Matías Geovana
Domicilio: calle isla de la giganta #365 C.P: 22010
Ensenada Baja California México a 01/04/2011
CONVENIO DE CONFIABILIDAD
Empleado: 9
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN: disposición contractual para evitar la divulgación por parte de los empleados de información confidencial de la empresa.
El EMPLEADO acepta que mantendrá una reserva absoluta respecto de todas y cada una de las informaciones a las que tendrá acceso con motivo de su relación con el EMPLEADOR durante el periodo de tiempo que trabaje para esta empresa; del mismo modo que mantendrá en secreto e inviolable toda la información relacionada con la política o pormenores del negocio o con asuntos, formulas o equipos (entre otros) confidenciales de los que se sirve el EMPLEADOR para la fabricación de los productos y que no aceptará contrato como empleado, directivo, comercial o cualquier otro puesto, de forma directa o indirecta, en ningún momento en ninguna empresa de características similares del mismo modo que no compartirá los conocimientos adquiridos con ninguna persona y acepta que si abandonara su actual empleo está de acuerdo con no aceptar ser contratado como empleado o suministrador de servicios de una empresa de la competencia o proporcionar de modo alguno ayuda a cualquier negocio, interés o individuo de ninguna compañía rival o cualquier otro negocio que trabaje en el mismo ámbito. El EMPLEADO entiende que en este sentido asume una obligación laboral específica y que, en caso de incumplirla, dicho incumplimiento podrá ser motivo de despido por justa causa y el empleador estará legitimado para que un tribunal competente dictamine un mandato judicial que prohíba a dicho/a empleado/a y a todas las personas involucradas continuar con en su puesto, los servicios o cualquier otro acto que sirva de ayuda a la compañía rival o los intereses de ésta. Una vez que el contrato se dé por finalizado el EMPLEADO podrá trabajar en cualquier empleo siempre y cuando no tengan ninguna relación directa o indirecta con la política, formulas y secretos del EMPLEADOR.
ESTADRA CERVANTES JOEL 29/03/2011
Firma de Empleado Fecha
COTA MORENO LUIS 29/03/2011
Firma de Empleador Fecha
Oficina de documentación administrativa
Tec. Admón.: Hernández Matías Geovana
Domicilio: calle isla de la giganta #365 C.P: 22010
Ensenada Baja California México a 01/04/2011.
CONVENIO DE CONFIABILIDAD
Empleado: 10
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN: disposición contractual para evitar la divulgación por parte de los empleados de información confidencial de la empresa.
El EMPLEADO acepta que mantendrá una reserva absoluta respecto de todas y cada una de las informaciones a las que tendrá acceso con motivo de su relación con el EMPLEADOR durante el periodo de tiempo que trabaje para esta empresa; del mismo modo que mantendrá en secreto e inviolable toda la información relacionada con la política o pormenores del negocio o con asuntos, formulas o equipos (entre otros) confidenciales de los que se sirve el EMPLEADOR para la fabricación de los productos y que no aceptará contrato como empleado, directivo, comercial o cualquier otro puesto, de forma directa o indirecta, en ningún momento en ninguna empresa de características similares del mismo modo que no compartirá los conocimientos adquiridos con ninguna persona y acepta que si abandonara su actual empleo está de acuerdo con no aceptar ser contratado como empleado o suministrador de servicios de una empresa de la competencia o proporcionar de modo alguno ayuda a cualquier negocio, interés o individuo de ninguna compañía rival o cualquier otro negocio que trabaje en el mismo ámbito. El EMPLEADO entiende que en este sentido asume una obligación laboral específica y que, en caso de incumplirla, dicho incumplimiento podrá ser motivo de despido por justa causa y el empleador estará legitimado para que un tribunal competente dictamine un mandato judicial que prohíba a dicho/a empleado/a y a todas las personas involucradas continuar con en su puesto, los servicios o cualquier otro acto que sirva de ayuda a la compañía rival o los intereses de ésta. Una vez que el contrato se dé por finalizado el EMPLEADO podrá trabajar en cualquier empleo siempre y cuando no tengan ninguna relación directa o indirecta con la política, formulas y secretos del EMPLEADOR.
ARAMBULA GALLEGOS GUILLERMO 29/03/2011
Firma de Empleado Fecha
LOPEZ RAMIREZ RAUL 29/03/2011
Firma de Empleador Fecha
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